El Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, ingresó puntualmente a la Sala de Vistas de la Corte Suprema de Justicia. En ese momento, la sala ya se encontraba ocupada por más de 400 personas, entre sobrevivientes, organizaciones sociales, acompañantes extranjeros, miembros de organismos internacionales, y más de 30 medios de prensa nacional. Mientras en las afueras de la Corte decenas de personas no pudieron ingresar a la sala.
La defensa, siguiendo la estrategia que hasta ahora ha sido su línea, realizó varios intentos por detener el inicio del debate. El acusado José Efraín Ríos Montt se presentó al Tribunal con un abogado defensor distinto, es decir, los cuatro abogados que lo habían defendido por más de un año no se presentaron, aunque fueron vistos por la prensa en un restaurante cercano. El Tribunal aceptó la nueva defensa. Sin embargo, ésta nueva defensa presentó tres incidentes, entre los que resaltó, declarar que no podía ejercer la defensa debido a que en juicios pasados se había establecido “enemistad grave” entre él y la Presidenta del presente Tribunal, así como “amistad” con otro de sus integrantes. La Presidenta del Tribunal, luego de varios intentos con el mismo objetivo, declaró el incidente fuera de lugar, por haber sido ya establecida la solución jurídica por un Tribunal de Alto Riesgo. Posteriormente pasó la Presidenta del Tribunal a retirar al abogado de la sala y establecer que la defensa de Ríos Montt, huérfano en ese momento de defensa, sería la de Rodríguez Sánchez.
Casi tres horas después de haber iniciado la audiencia, la Presidenta del Tribunal, la Jueza Jassmin Barrios sentenció, de manera histórica: “se da por iniciado el debate oral y público por los delitos de genocidio y delitos contra los deberes de humanidad contra los señores José Efraín Ríos Montt y José Rodríguez Sánchez”. A más de treinta años de las masacres, y decenas de recursos legales de distinto tipo por frenar el juicio, finalmente el juicio comenzó.
El tribunal otorgó la palabra a las partes procesales del
caso. El Ministerio Público, mediante el agente fiscal Orlando López, expresó a la audiencia la importancia de este caso y la trascendencia de este proceso. A su vez, los querellantes de AJR y CALDH manifestaron que el caso era una garantía para que no se vuelvan a cometer estos hechos y la importancia de escuchar la verdad de los testigos.
La jueza presidenta leyó los derechos a los dos acusados y éstos manifestaron su decisión de no declarar por el momento en este debate. Después de un receso de una hora, a pocos minutos de las tres de la tarde, el tribunal empezó a escuchar a los testigos del caso. El primero de ellos, Nicolás Bernal Brito, explicó la manera en que eran obligados a patrullar. Asó como la manera en que el ejército asesinó a familiares y vecinos, en donde se incluyó a buena parte de las mujeres, ancianas/os y niños/as debido a que eran los únicos que no podían correr. Informó también sobre la forma de las masacres, cómo se fue reuniendo la gente en escondites en la montaña, la amnistía que recibieron del ejército y cómo se vieron obligados por el hambre y la falta de ropa a regresar a las aldeas modelo del ejército. Acá los hombres fueron obligados a participar, so pena de ser castigados, en las Patrullas de Autodefensa Civil.
En su momento, la defensa intentó argumentar en contra de lo planteado por los abogados querellantes, pero su estrategia se vio entorpecida por múltiples objeciones en la forma en que las preguntas fueron planteadas. Pocas fueron las preguntas que pudieron formular.
Siendo las cinco de la tarde el Tribunal suspendió la audiencia y fijó nueva fecha para el MIÉRCOLES 20 DE MARZO a partir de las 08:30 de la mañana en la sala de vistas, audiencia en la que se escuchará a otros testigos y testigas.
Guatemala 19 de marzo 2013.
Asociación para la Justicia y Reconciliación AJR
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos CALDH